¿Cómo afecta el pago de estos impuestos en la compra de viviendas?
El pago de los impuestos es proporcional al precio de compra de la propiedad, dicho monto queda registrado en un acta. Al momento en que se hace la venta de la propiedad y se firma ante notario la escritura pública, el notario tiene la obligación de retener el pago de ISAI, para posteriormente reportarlo y pagarlo a la autoridad correspondiente.
¿Cuáles son los impuestos por comprar una casa?
Al momento de la compraventa de una casa existen dos actos:
- Una persona compra (adquiere una propiedad)
- otra vende (se desprende de la propiedad).
Cada uno debe cubrir sus impuestos, por ejemplo, durante la compra del inmueble, el comprador tiene a su cargo el Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI) o Impuesto de Traslado de Dominio.
El cargo del Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles es recaudado por distintas entidades, por lo que puede variar su costo, sin embargo, generalmente equivale el 2% del precio del inmueble, es decir, si se adquiere una vivienda de un millón de pesos, deberá cubrirse un pago de 20 mil pesos por este impuesto.
Es importante destacar que el valor del ISAI cambia de acuerdo con la entidad federativa en donde se encuentra el inmueble, por ejemplo, en la Ciudad de México este tiene un porcentaje superior, de 5.8%, mientras que en Quintana Roo la tasa puede variar entre 1.5% y 2.5% de acuerdo al municipio.
¿Cuáles son los impuestos por vender una casa?
La compraventa de viviendas también genera gastos adicionales para la persona que realiza la venta del inmueble, a través del Impuesto Sobre la Renta (ISR), por las ganancias obtenidas por la venta de la propiedad. Este impuesto solo se calcula de acuerdo a las ganancias.
Las personas físicas que venden una vivienda causan ISR por enajenación de casa habitación, pero es posible evitar este pago, ya que la ley reconoce que se puede exentar este pago si el valor máximo de la venta es de hasta 700 mil Udis, o un aproximado de 4 millones 376 mil pesos.
Si planeas evitar este gasto, debes informarte que solo puedes exentar el pago del ISR cada tres años. Además, es requisito para el vendedor es acreditar al notario con elementos documentales que efectivamente sea el dueño de la casa habitación que vende.